FORMACIÓN CONTINUA FEAP

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FORMACIÓN CONTINUA FEAP

Formación Continua

La formación continuada que se aprobó en la FEAP en julio de 2019 ya aparece en sus estatutos modificados en 2022 (Art. 21, p5) (http://www.feap.es/index.php/federacion/estatutos)

Art. 21.5:

«5. Sobre Formación continuada.

En un período de 5 años todos los psicoterapeutas acreditados han de justificar al menos 250 horas de formación continuada. En el mismo período de tiempo, los poseedores de un Certificado en Intervenciones Terapéuticas han de justificar al menos 100 horas de formación continuada, de acuerdo con los mismos criterios establecidos para los psicoterapeutas.

Estas horas se podrán justificar conforme a la tabla de equivalencias que figura incluida en disposición adicional de los presentes estatutos que sólo podrá ser modificada mediante acuerdo adoptado en Asamblea Extraordinaria.

Como formación continuada se considerará la producción de material escrito (libros, capítulos de libros, colaboraciones en libros) así como asistencia y participación en cursos, seminarios, jornadas o congresos relacionados con la psicoterapia, así como la justificación de trabajo personal y/o de supervisión profesional, de actividades institucionales o de organización de actividades científicas relacionadas con la psicoterapia, divulgación, tiempo de estudio relacionado con la psicoterapia, u otras situaciones específicas a valorar por el comité correspondiente.»

 

A partir de 2019 FEAP exigirá la acreditación de un mínimo de 250 horas cada 5 años, de formación continuada para poder mantener la acreditación como psicoterapeuta.

Esto significa que para el año 2024 todos los psicoterapeutas acreditados FEAP tendremos que demostrar esta formación continuada de 250 h para mantener la acreditación.

Tabla de Equivalencia de horas de Formación Continuada (FC):

Supervisión / Intervisión 1h 3FC
Asistencia Jornada-Congreso 1día 24FC
Presentación ponencia. Congreso Nacional – Internacional 25FC
Trabajo personal (Psicoterapia personal – cualquier formato). Sesión 2FC
Asistencia a conferencias 1h 2FC
Actividades Instituciones relacionadas psicoterapia (comités, juntas, colegios prof.) 1h 2FC
Docencia. Preparación e impartición clases, seminarios… 1h 3FC
Docencia. Exámenes. Evaluaciones. Corrección. Juntas claustro… 1h 1FC
Organización Congreso, Jornada, Simposio… 1 día 25FC
Tiempo estudio 1h 1FC
Artículos publicados 40FC
Divulgación (redes sociales…) 1h 1FC
Otras situaciones específicas a valorar por el comité correspondiente

Procedimiento para la recogida  de los documentos de Formación Continuada FEAP

  • Quien está obligado: aquellos socios/as psicoterapeutas que aún no hayan remitido los años 2019-2023, tendrán que remitir los años 2020-2024.
  • Periodo de recepción: deben ser enviados hasta el  final de cada año (fecha límite, 31 de diciembre).
  • Plazo de envío: cada año, comenzando por el presente año 2024, los documentos deben ser remitidos en diciembre al mencionado correo electrónico.
  • Tipo de documentos: se deben incluir todos los certificados y comprobantes que acrediten las horas de formación continua realizadas.
  • Responsabilidad: la responsabilidad de los documentos remitidos es del socio/a psicoterapeuta que los ha remitido. La AEP los custodia, pero no revisará los documentos.

Instrucciones detalladas

  1. Compilación de documentos: reunir todos los certificados de formación continua que acrediten un mínimo de 50 horas durante el año.
  2. Formato de envío: asegurarse de que los documentos estén en formato PDF o cualquier otro formato digital aceptado.
  3. Correo de remisión: enviar todos los documentos recopilados al correo electrónico: delegacionfeap@aepsicodrama.es.
  4. Fecha límite: realizar este envío antes del 31 de diciembre de cada año.

Importancia de la custodia

  • Cumplimiento Normativo: La custodia adecuada de estos documentos es esencial para cumplir con las normativas de la FEAP y asegurar la continuidad de la acreditación de nuestros socios psicoterapeutas. 
  • Accesibilidad: Tener estos documentos centralizados facilita el acceso y verificación cuando sea necesario, tanto para la AEP como para la FEAP.

Agradecemos la  colaboración y compromiso de todos y todas los socios y socias, con el mantenimiento de esta importante obligación para la AEP.

Junio de 2024